NOCIONES DE DERECHO


IUS VERDI 

IMPACTO AMBIENTAL POR EL USO DE FERTILIZANTES QUÍMICOS


OBJETIVO DEL PROYECTO A DESARROLLAR: 
Dar a conocer la problemática del uso de fertilizantes químicos y las diferentes soluciones que presenta la estabilidad entre el hombre y el medio ambiente.


PROBLEMÁTICA AMBIENTAL:

En la actualidad, la contaminación del medio ambiente ha aumentado exponencialmente, principalmente por la excesiva población que se tiene en el mundo. Este problema es la causa del porque se produce una enorme cantidad de alimentos con los cuáles se pueda tener una estabilidad social en el ámbito alimenticio, sin embargo, para producir el alimento en grandes cantidades y que no sea afectado por insectos u otros factores naturales o químicos, se utilizan los fertilizantes químicos los cuáles afectan gravemente el suelo en el que se utiliza, ya que estos pueden generar infertilidad en los suelo a largo o mediano plazo, así mismo, este tipo de productos contaminan los lagos y el aire debido a que sus componentes son tan fuertes que producen graves problemas en estos espacios del ecosistema además de a la sociedad. 

LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES  APLICABLES Y NO APLICABLES:

CONSTITUCIÒN
Título Primero
Capítulo I
De los Derechos Humanos y sus Garantías
Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional,
corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización. La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.
XXIX-G. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.

TRATADOS INTERNACIONALES

Directrices de Londres
Con el objeto de ayudar a los gobiernos a incrementar la seguridad en relación con los productos químicos, mediante un intercambio activo de información científica, técnica, económica y jurídica, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) adoptó las Directrices de Londres en 1987 y estableció el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) que regula el comercio de productos químicos que hayan sido prohibidos o rigurosamente restringidos. En México fueron designadas dos autoridades gubernamentales de dos de las dependencias que conforman la Cicoplafest: la SARH y la Ssa, para cubrir las áreas de plaguicidas y sustancias tóxicas, respectivamente.

Tratado de Libre Comercio (T LC ) (13,1 4,15)
 El Tratado Trilateral de Libre Comercio entre Canadá, Estados Unidos y México, creará la zona de libre comercio más grande del mundo y sus disposiciones serán compatibles con las del GATT. no habrá discriminación entre las mercancías importadas por las partes; se eliminarán las prohibiciones o restricciones cuantitativas a la importación y exportación; no se exigirán requisitos de marcado de origen con fines proteccionistas y se aplicarán disciplinas comerciales en función de la seguridad nacional, la salud pública, la protección del medio ambiente y la preservación de los tesoros artísticos y culturales".

LEYES FEDERALES

§      La Ley Federal del Trabajo, que entró en vigor el primero de mayo de 1978, en el Artículo 513, integra una tabla de enfermedades de trabajo asociadas con la inhalación de polvos, y humos, o con la exposición a productos químicos y otros factores de riesgos…
§      Ley Federal de Sanidad  Vegetal
Título Primero
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Del objeto de la Ley
Artículo 1o.- Regular y promover, la sanidad vegetal, así como la aplicación, verificación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica en la producción primaria de vegetales. Sus disposiciones son de orden público e interés social.
§      Ley de Sanidad Fitopecuaria

En el Artículo 26, de la Ley de Sanidad Fitopecuaria, se menciona que a la SARH le corresponde ejercer el control de la utilización de los plaguicidas agrícolas y en general, de los elementos o sustancias que se utilicen en la prevención, combate y erradicación de plagas y enfermedades vegetales.

§      LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

TITULO PRIMERO
 Disposiciones Generales
CAPITULO I
Normas Preliminares
 ARTÍCULO 1o.- La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para: I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar; Fracción reformada DOF 05-11-2013 II.- Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación; III.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente; IV.- La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas; V.- El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas; VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo

LEYES LOCALES

§      LEY AGRICOLA Y FORESTAL DEL ESTADO DE MEXICO
 TITULO PRIMERO
 Disposiciones Generales
CAPITULO PRIMERO
Del Objeto, Sujetos y Aplicación de la Ley

Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto: I. Establecer las bases para promover el desarrollo de las actividades agrícolas y forestales en la entidad; II. Fomentar el mejoramiento de las condiciones de la producción agrícola y forestal, mediante el aprovechamiento racional de los recursos naturales, la transferencia de los resultados de la investigación científica y técnica.

DECRETOS

§      DECRETO por el que se expide la Ley de Productos Orgánicos.

LEY DE PRODUCTOS ORGÁNICOS
 TÍTULO PRIMERO
 DEL OBJETO Y APLICACIÓN DE LA LEY
 Artículo 1.
- La presente Ley es de orden público y de interés social y tiene por objeto: I. Promover y regular los criterios y/o requisitos para la conversión, producción, procesamiento, elaboración, preparación, acondicionamiento, almacenamiento, identificación, empaque, etiquetado, distribución, transporte, comercialización, verificación y certificación de productos producidos orgánicamente.

§      DECRETO QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACIÓN QUE LAS SECRETARÍAS DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRÁULICOS, DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA Y DE SALUD, DEBERÁN OBSERVAR EN RELACIÓN CON PLAGUICIDAS, FERTILIZANTES Y SUSTANCIAS TÓXICAS.

§      El Reglamento de la Ley General de Salud, citado, establece como concentración máxima permisible de Pb en mantecas vegetales, 0.1 mg/kg.
Fomentar e intensificar los ciclos biológicos dentro del sistema agrario, lo que comprende los microorganismos, la flora y fauna del suelo, las plantas y los animales.                                         
4. Mantener e incrementar la fertilidad de los suelos constantemente.
§      REGLAMENTO en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos.
§      REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ ESTATAL DE SEGURIDAD PARA EL MANEJO Y USO DE PLAGUICIDAS, FERTILIZANTES Y SUSTANCIAS TÓXICAS. COESPLAFEST.

NORMAS JURIDICAS INDIVIDUALIZADAS

§      NORMA Oficial Mexicana NOM-003-STPS-1999, Actividades agrícolas-Uso de insumos fitosanitarios o plaguicidas e insumos de nutrición vegetal o fertilizantes-Condiciones de seguridad e higiene.

NORMA Oficial Mexicana NOM-010-STPS-1999, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen §      o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.
§      NORMA Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.
§      Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-019-SEMARNAT-2006: Establece los lineamientos técnicos de los métodos para el combate y control de insectos descortezadores.

         Objetivo y Justificación: Actualizar las especificaciones técnicas de los tratamientos fitosanitarios para el diagnóstico y control de los insectos descortezadores de las coníferas para mejorar la eficiencia del control de estas plagas que constituyen uno de los principales factores de daños de los bosques de México.
·         Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-160-SEMARNAT-2011: Que establece los elementos y procedimientos para formular los planes de manejo de residuos peligrosos.

Conforme a esto podemos darnos cuenta que muchas leyes que son establecidas para el cuidad del ambiente enfocandonos principalmente en el uso de fertilizantes quìmicos, tanto en los alimentos como en otras cosas, algunas de estas no son aplicables, la propia sociedad rompe estas al no querer  aportar màs para la protecciòn del ambiente ademas de la verificaciòn correcta de alimentos y el uso adecuado de todos aquellos productos que son dañinos para las personas que los usan por motivos de trabajo o demàs.
Un ejemplo claro son aquellas leyes en las que se hace menciòn sobre que  sobre se debe de tener cierto cuidado con los fertilizantes quimicos y demàs sustancias, asi como  aquellas personas que estan en contacto con las diferentes sustancias que los componen, muestra de esto es la LEY GENERAL DEL TRABAJO, puesto que no se toman las medidas necesarias en todas aquellas empresas que producen fertilizantes o plaguicidas, otros son el reglamento de la Ley General de Salud, Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-160-SEMARNAT-2011, etc.
De igual forma hay algunas que si son aplicables y ayudan a la comercialización de alimentos de una forma correcta logrando que los alimentos que consumimos sean adecuados para nuestra salud (Tratado de Libre Comercio (T LC ), Ley de Sanidad Fitopecuaria, DECRETO por el que se expide la Ley de Productos Orgánicos).

PROPUESTAS DE SOLUCIÓN:
  • *      Elaboración de una composta: Al implementar la composta que está hecha de diversas cosas como restos de comida, verduras y demás, se podrá utilizar como un abono alternativo para las plantas y demás, se logrará reducir el uso de fertilizando al implementar esto.
  • *      Uso de fertilizantes orgánicos: Mediante estos se reduce el uso de los fertilizantes químicos y afecta mucho menos al medio ambiente.
  • *      Implementación de la venta de fertilizantes orgánicos en el mercado a un buen precio: Al tener un buen precio los fertilizantes orgánicos su consumo será mucho más y de esta forma se beneficiará a la sociedad, a las empresas que los distribuyen y crean y como punto principal al medio ambiente.
  •         Pláticas a la comunidad sobre este tema: Las personas estarán mucho más informadas y podrán hacer conciencia acerca de los problemas que actualmente enfrentamos como sociedad interviniendo de una forma correcta. 







CONCLUSIÓN:
Muchas de estas leyes son  propuestas y creadas para que sean  aplicadas y cumplidas, sin embargo, algunas de estas no lo son debido a diversos factores, se busca un mejor control de las cosas al igual de que el manejo de estas sea adecuado y no afecte, tanto a la sociedad como al medio ambiente ya que, si el ambiente que es la principal fuente la cual nos da infinidad de cosas para nuestra sobrevivencia y nuestro sustento va decayendo poco a poco por las acciones y decisiones erroneas que la sociedad ha tomado, todo se vendrà abajo y tanto las leyes, acuerdos y demàs disposiciones legales acerca de nuestra problemática.
Se cree que no afecta en gran manera al ambiente y a la sociedad el uso de fertilizantes quimicos pero muchas personas  no tiene mucho conocimiento acerca de este tema, entonces como se puede esperar que se tomen posibles soluciònes cuando primero se les debe de informar y hacerles comprender que al usar fertilizantes y pesticidas afecta en gran manera a todo nuestro entorno, lo que provoca tanto daños en quienes los utilizan ya sea por trabajo u otra cosa, pero principalmente nuestro planeta es el principal afectado por no saber manejar adecuadamente estos productos, si queremos un mundo sin contaminantes en6tonces debemos de comenzar tanto a obedecer estas leyes asi como cambiar nuestros habitos he informarnos màs.

FUENTES CONSULTADAS:
http://asinom.stps.gob.mx:8145/upload/noms/Nom-003.pdf Consultado el 18 de septiembre de 2017 a las 19:52 horas.
http://asinom.stps.gob.mx:8145/upload/nom/10.pdf Consultado el 18 de septiembre de 2017 a las 19:36 horas
http://asinom.stps.gob.mx:8145/upload/noms/Nom-005.pdf  Consultado el 18 de septiembre de 2017 a las 20:39 horas
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5470901&fecha=03/02/2017  Consultado el 18 de septiembre de 2017 a las 23:10 horas.
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/cn16.pdf Consultado el 18 de septiembre de 2017 a las 23:10 horas.
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5332473&fecha=13/02/2014  Consultado el 18 de septiembre de 2017 a las 23:10 horas.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4863829&fecha=06/01/1997 Consultado el 19 de septiembre de 2017 a las 9:10 horas
http://www.inecc.gob.mx/descargas/publicaciones/33.pdf Consultado el 19 de septiembre de 2017 a las 9:20 horas
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n109.pdf Consultado el 20  de Septiembre de 2017 a las 15:20 horas.
https://www.youtube.com/watch?v=rch9TWs4TBw  Consultado el 16 de Octubre de 2017 a las 20:20 horas.






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